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Susana
10.11.2022Actualizado el 15.12.2023
A la hora de vender una casa, pueden surgir muchas dudas como, ¿Quién paga al notario en la compraventa? ¡Entra en el blog y resuelve todas tus dudas!

 

 

 

¿No sabes a quién le corresponde pagar los gastos de la compraventa de un inmueble? Comprador y vendedor no suelen tener claro a quién le corresponde afrontar este tipo de gastos. Te lo explicamos en este post.

Cualquier operación de compraventa conlleva una serie de gastos de notaría. La pregunta es: ¿Quién debe pagarlos? Lo fácil sería pensar que es el comprador el que debe realizar este desembolso. Sin embargo, la legislación no es tan contundente y todo dependerá de lo que se haya acordado entre las dos partes. Sabemos que es confuso, pero trataremos de despejar todas tus dudas.

Los trámites notariales suponen un desánimo para cualquier ciudadano de a pie. Implican una cantidad de papeleo, contratos de arras y escrituras públicas. Además, normalmente están escritos en ‘chino’. Es decir, a no ser que te pases el día entre pleitos, leyes y procesos judiciales, lo más probable es que no te enteres de nada. Por si fuera poco, no son precisamente económicos, aunque sus costes están perfectamente ajustados a la ley.

¿Qué establece la ley?

Entremos en materia legal. El artículo 1455 del Código Penal dictamina lo siguiente: “Los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario”. La normativa deja margen para el pacto, que puede variar perfectamente según la autonomía en la que nos encontremos, según indica el portal especializado ‘Píldoras Legales’. Se pueden dar así varios casos diferentes:

  1. Por ejemplo, si estamos en Navarra, lo habitual es que ambas partes se hagan cargo del 50%.
  2. En el ámbito de Cataluña, el que debe satisfacer el importe es el comprador.

A falta de acuerdo, la mayoría de gastos recaen sobre el vendedor.

 

 

 

¿Cuáles son los gastos aproximados de notaría en la venta de una vivienda?

Antes de empezar, un pequeño matiz. Contar con un notario no es obligatorio en todas las compraventas, pero sí si existe hipoteca. En ese caso, la nueva Ley Hipotecaria asigna al notario un nuevo papel. El comprador puede elegir el que desee y además, debe emplearlo en un mínimo de dos ocasiones.

El coste de los gastos de notaría depende directamente del valor asignado a la vivienda. Debes tener en cuenta que la escritura de una compraventa es más barata que la correspondiente a una hipoteca:

Si la vivienda vale 50.000 euros: los gastos de notaría ascenderían a 317 euros en caso de compraventa y 415 si hablamos de una hipoteca.

  1. Si vale 100.000 euros: ascienden 365 euros en compraventa y 458 euros en hipoteca.
  2. Si vale 150.000 euros: suponen 408 euros en compraventa y 482 en hipoteca.
  3. Si vale 200.000 euros: equivalen a 430 euros y 506 en hipoteca.
  4. Si vale 250.000 euros: significan en torno a 452 euros y 530 en hipoteca.
  5. Si vale 300.000 euros: resultan alrededor de 474 euros y 555 euros si se tratara de una hipoteca.

 

Si se trata de una herencia, ¿Quién asume los gastos de notaría?

Para definir los gastos de notaría en estos casos, pueden darse dos situaciones:

  1. Si el heredero es universal, él asume todos los gastos que existan.
  2. Si existen coherederos, la herencia se reparte entre todos. Para ello, es necesario calcular el valor de la herencia antes y después de impuestos. De esta forma, sabremos qué parte puede asumir cada heredero.

 

¿Y en caso de una donación?

En las donaciones de bienes inmuebles (vivienda, apartamento, trastero, chalet…), es obligatorio acudir al notario. Así lo exige el artículo 633 del Código Civil: “Para que sea válida la donación de cosa inmueble, ha de hacerse en escritura pública”. Ocurre así lo contrario que con los bienes muebles, que pueden donarse de palabra.

Por lo tanto, dicha escritura es el coste que tendremos que afrontar. Una vez que el notario compruebe que todas las partes están capacitadas para recibir la herencia, cada parte le abonará sus honorarios por elaborar esta escritura. El coste puede variar, aunque generalmente asciende a unos centenares de euros.

 

¿Qué otros gastos existen al margen de la notaría?

Además del notario, durante la compraventa deberás afrontar otros gastos derivados de comprar una casa. A continuación te los explicamos brevemente:

  1. Tasación: Se trata de un importe voluntario que puede solicitar el comprador para tener mayor margen en la negociación del precio de la vivienda.
  2. Registro de la Propiedad: su ejecución es obligatoria y los gastos pueden ascender hasta los 500 euros por trámite. Sin embargo, no podrá nunca rebasar el uno por ciento del coste del inmueble.
  3. Impuestos:
    1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): presente siempre excepto cuando haya gastos por compra de vivienda de segunda mano, sea al contado o por hipoteca. Se aplicará en lugar de IVA cuando no sea la primera compraventa del inmueble. Puede suponer de un 5 a un 8 por ciento sobre el precio de compra.
    2. Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): su abono es obligatorio siempre que solicites una hipoteca, aunque se trate de viviendas de segunda mano.
    3. La plusvalía municipal: en una compraventa, la abona solamente el vendedor. Si se producen pérdidas en la operación, no hay que abonarla.
  4. Otros trámites: cédula de habitabilidad y/o licencia de primera ocupación, certificado de eficiencia energética, contrato de arras (opcional)…

Si solo la idea de tener que lidiar con estos documentos te resulta estresante, no te preocupes: en Housell te ayudamos y asesoramos durante todo el proceso. Llama al 900 622 162 para informarte y descarga nuestra app de compra y venta de pisos y casas.

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