Legal
Susana
09.09.2022
El derecho de reversión en la expropiación es una vía para que el propietario pueda recuperar sus bienes. Descubre qué es y los plazos a tener en cuenta.

La expropiación forzosa es una herramienta bastante frecuente en el día a día de las administraciones públicas. En ocasiones, estas quitan la propiedad a particulares por un interés público mayor, como la construcción de infraestructuras. Sin embargo, los propietarios tienen la oportunidad de recuperar su propiedad en ciertos casos. Esto es el derecho de reversión. ¿Quieres saber cómo funciona? Sigue leyendo Housell y entérate.

¿En qué consiste el derecho de reversión?

Supone el derecho que tienen los expropiados a recuperar su bien expropiado, siempre que este tenga un bien concreto y motivado que no se haya llevado a cabo o que haya dejado de ser viable. ¿Cuándo ocurre esto? En ciertas circunstancias, los poderes públicos pueden realizar una expropiación forzosa de su vivienda o terrenos a los propietarios; aludiendo a una causa de interés público mayor. Por ejemplo, la construcción de una autopista o una vía de AVE.

Sin embargo, la ley admite la posibilidad de que los particulares recuperen su propiedad anterior. Esto puede ocurrir si, transcurrido un tiempo, la justificación argumentada para la expropiación no se ha llevado a cabo o bien, no es viable.

¿En qué circunstancias tiene cabida el derecho de reversión?

La normativa vigente recoge el derecho de reversión en el artículo 63 del Decreto del 26 de abril de 1957, del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Son los siguientes casos:

  1. Cuando no se ejecute la obra o no se establezca el servicio que motivó la expropiación.
  2. Cuando realizada la obra o establecido el servicio quede alguna parte sobrante de los bienes expropiados.
  3. Cuando desaparezca la afectación de los bienes o derechos a las obras o servicios que motivaron la expropiación.

Si el supuesto se cumple, la Administración autorizará al particular a solicitar el derecho de reversión. Para ello, el interesado dispone de tres meses para abonar un justiprecio equivalente al recibido por la expropiación y actualizado conforme al IPC: desde que se empieza a determinar el justiprecio hasta que se ejercita el procedimiento de reversión. El pago de esta indemnización es indispensable para ejercer la reversión.

Situaciones en las que no aplica este derecho

Sin embargo, existen otras situaciones en las que no se puede pedir:

  1. Si han pasado más de 10 años desde que se finalizó la obra o se inició el servicio público que justifica la expropiación.
  2. Si se adscribe el bien objeto de expropiación a otra finalidad pública, distinta de la inicialmente acordada.

 

 

Plazo para ejercitar el derecho de reversión

El interesado dispondrá de tres meses para recuperar la propiedad del bien expropiado, después de la notificación de la administración expropiante.

Si no se produce esa notificación, hay que remitirse nuevamente a la Ley de Expropiación Forzosa para conocer dichos plazos.

  1. Si transcurren cinco años desde la fecha en que los bienes o derechos expropiados quedaron a disposición de la Administración, sin que se inicie la ejecución de la obra.
  2. Cuando la ejecución de la obra o el establecimiento del servicio se suspendan más de dos años, por culpa de la Administración o el beneficiario de la expropiación, sin que ninguno de estos tenga intención de reanudarla.
  3. Si no han pasado veinte años desde que se produjera un exceso de expropiación o la desafectación del bien.

¿Cuál es su periodo de caducidad?

Para obtener este derecho de reversión, es indispensable abonar el justiprecio mencionado anteriormente en un plazo de tres meses. Este periodo supone el límite para la caducidad del derecho de reversión. Si esto no se lleva a cabo, la administración entenderá que no hay motivos para llevar a cabo la reversión y el propietario habrá perdido sus derechos.

¿Cómo solicitarlo paso a paso?

Solicitar el derecho de reversión requiere seguir algunos pasos:

  1. Completar la solicitud en la Administración: debes justificar tus títulos de propiedad y esto se hace mediante documentos registrales. Tienes que explicar el por qué se llevó a cabo la expropiación y demostrar que se cumple un supuesto para ejecutar la reversión.
  2. Si hay una respuesta afirmativa, cuentas con tres meses para entregar la indemnización actualizada respecto a la evolución del IPC.
  3. Si la respuesta es negativa, podrás interponer un recurso administrativo de alzada. Y si esto no es suficiente, siempre queda la vía contenciosa-administrativa.

Ahora que ya sabes más sobre el derecho de reversión, sus plazos y sus supuestos; entra en Housell y no te pierdas nada sobre el mercado inmobiliario.

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